Normativa de uso

DEPORTE, UN BUEN PLAN

REGLAMENTO Y NORMATIVA DE USO DE LAS INSTALACIONES DEPORTIVAS MUNICIPALES "FELICIANO LOPEZ" DE PORTILLO DE TOLEDO

La misión de la CONCEJALIA DE JUVENTUD Y DEPORTES en esta materia deportiva es:

A. Gestionar las instalaciones deportivas, garantizando su correcto funcionamiento, y ofrecer servicios y actividades que ayuden a mejorar la calidad de vida y el bienestar de los habitantes de Portillo de Toledo, y conservar y mejorar e inspeccionar el patrimonio municipal destinado a uso deportivo.

B. Poner a disposición de cualquier persona o entidad, la posibilidad de acceder a las instalaciones deportivas municipales, bien para integrarse en actividades dirigidas por el, actividades libres, entrenamientos deportivos, competiciones o cualquier otra forma de practica y/o manifestación sociocultural.

1. USUARIOS

Este reglamento considerara como usuarios a todas aquellas personas que hagan uso de las instalaciones deportivas municipales, bien bajo el régimen de alquiler o cesión de dichas instalaciones o participando en actividades promovidas por la CONCEJALIA DE JUVENTUD Y DEPORTES.

1.1 TIPOS DE USUARIOS

-Alumno de Escuela Deportiva. Se considerara como tal a toda persona que esta inscrita en cualquier escuela deportiva.

-Particular. Se considerara como tal a toda persona que utilice las instalaciones deportivas municipales abonando el precio del alquiler correspondiente. -Publico. Se considerara como tal a toda persona que asiste a los acontecimientos deportivos, entrenamientos y competiciones deportivas, ya sea como publico, acompañante o visitante en las instalaciones deportivas municipales.

-Grupos Organizados. Se considerara como tal a clubes, asociaciones y centros escolares. -Niños. Se consideraran como tal a los usuarios hasta los 14 años cumplidos.

1.2 DERECHOS Y DEBERES DE LOS USUARIOS

DERECHOS

-Recibir información detallada sobre las instalaciones deportivas, horarios, precios, actividades deportivas y forma de acceso a las mismas.

-Ser tratados con educación y amabilidad por el personal que presta servicios en las instalaciones deportivas municipales

. -Hacer uso de las instalaciones deportivas municipales alquiladas o reservadas, o de las actividades en que fueron inscritos siempre y cuando no se estén desarrollando otras actividades programadas de mayor prioridad.

-Utilizar las instalaciones en buen estado de higiene, limpieza y seguridad, que asegure el correcto desarrollo de la actividad deportiva reservada. -Poder expresar libremente por escrito cualquier reclamación o sugerencia y a ser contestado en un plazo máximo de 15 días.

DEBERES

-Utilizar las diferentes instalaciones, material y equipamiento deportivo adecuadamente, evitando posibles deterioros o daños en las instalaciones de cara a al salud y derechos de otros usuarios, respetando la normativa especifica en cada caso fijada por la CONCEJALIA DE JUVENTUD Y DEPORTES.

-Ir provistos del Carné "Un año de deporte" y que este sea vigente para poder beneficiarse de los descuentos establecidos para sus poseedores. -Respetar los horarios de funcionamiento de las instalaciones deportivas municipales, atendiendo en cualquier caso a las indicaciones del personal de las mismas.

-Utilizar las instalaciones deportivas para el uso exclusivo para el que fueron diseñadas, utilizando el material deportivo adecuado en cada caso, salvo autorización expresa de la CONCEJALIA DE JUVENTUD Y DEPORTES.

-Cumplir la normativa especifica expuesta en cada instalación, atendiendo a las indicaciones del personal de las mismas y colaborando con el buen desarrollo de las actividades deportivas.

2. PAGO Y RESERVA DE LAS INSTALACIONES

2.1 CUOTAS DE LOS USUARIOS POR LIBRE

ALQUILER Y COBRO

-El alquiler de las diferentes instalaciones se hará para reservas anticipadas en el Ayto. de Portillo de Toledo en horario de oficina hasta las 14:00 horas, siendo también posible alquilarlas para ese momento en las instalaciones deportivas dentro del horario de las mismas.

-El precio de alquiler se abonara en efectivo en el lugar donde se alquilen dichas instalaciones (se deberá abonar el importe exacto antes de su uso cuando este se efectúe en las instalaciones deportivas). El impago del mismo será motivo de expulsión.

-El tenis dentro del pabellón puede tener restricciones dependiendo de la ocupación del mismo.

-El "Abono 4 usos" tiene la ventaja de disponer del alquiler en el mismo día y hora en el mes en curso. Este es renovable en el mismo día y hora en los sucesivos meses siempre y cuando otro usuario tipo no este en lista de espera. En dicha lista de espera tendrá prioridad el usuario que no haya disfrutado nunca de ese día y hora, en el caso que sean siempre los mismos usuarios en la lista de espera se rotara constantemente. Esta medida viene dada para que todos los usuarios tipo "Particular" tengan siempre la posibilidad de coger cualquier día disponible y así nadie tenga en propiedad un día concreto.

-Fuera de su horario habitual y previa solicitud se estudiara la posibilidad de hacer uso, mediante alquiler, de las instalaciones deportivas.

-Para repartir equitativamente las horas de cada día y no perjudicar a ningún usuario queda totalmente prohibido reservar dos horas seguidas. No obstante dejamos la posibilidad de que si al terminar la utilización de la hora reservada no hubiese ninguna otra reserva, no habría ningún inconveniente en el uso de dos o más horas seguidas. CARNÉ "UN AÑO DE DEPORTE"

-El carné "Un año de deporte" supone un importante descuento en los alquileres y/o entradas a las instalaciones deportivas municipales.

-El carné "Un año de deporte" es un documento personal e intransferible y solo se podrán acoger a el los usuarios empadronados en Portillo de Toledo.

- El carné "Un año de deporte" para que sea efectivo el descuento correspondiente en los deportes de equipo, deben presentarle al menos el 50% de los usuarios en el momento de hacer el uso de la instalación.

-El carné "Un año de deporte" tiene validez desde el 1 de Enero al 31 de Diciembre del año en curso. La renovación del mismo deberá hacerse obligatoriamente en el Ayto. Portillo de Toledo.

-El uso indebido o fraudulento del carné "Un año de deporte" conlleva el pago del precio de la actividad o servicio utilizado o reservado en su cuota máxima, además de la retirada del mismo por el plazo de un año.

2.2 CUOTAS O SUBVENCION DE EQUIPOS, ASOCIACIONES Y CLUBES

-Los equipos o asociaciones que deseen utilizar las instalaciones para el desarrollo de competiciones regladas (federadas o locales) deberán solicitarlo en las oficinas del Ayuntamiento de Portillo de Toledo, o en el Pabellón Polideportivo "San Cosme y San Damián".

-La CONCEJALIA DE JUVENTUD Y DEPORTES en base a al solicitud de organización de liga o torneo, emitirá un informe indicando las condiciones de la cesión de las instalaciones. Para la concesión de las instalaciones se tendrá en cuente la seriedad, antecedentes y envergadura del proyecto.

-La no utilización de las horas concedidas sin previo aviso dará a lugar a al perdida de todos los derechos sobre la concesión, teniendo en cuenta dicha situación para futuras concesiones.

2.3 CESION PARA ENTRENAMIENTOS Y COMPETICIONES

ENTRENAMIENTOS

-La concesión de instalaciones para entrenamientos estará determinada por el grado de ocupación de la misma, categoría de la competición del club y numero de participantes.

-La concesión de instalaciones será estudiada para la posible subvención de las tasas determinada por el punto anterior.

-Los equipos que no hagan uso de la instalación concedida, sin previa comunicación, se les anulara la concesión.

COMPETICIONES

-Todos los clubes federados que soliciten campos y pistas para jugar sus partidos de competición deberá entregar, obligatoriamente, una copia de su calendario con dicha solicitud.

3. UTILIZACION Y ACCESO A LAS INSTALACIONES

Las instalaciones deberán utilizarse únicamente para la práctica del correspondiente deporte. Aquellas personas que hagan uso de las instalaciones deberán portar en todo momento del recibo y carné, para poder presentarla al personal competente si este así lo requiere. No se permitirá el uso de las instalaciones a quienes no hayan abonado el importe de los desperfectos que hayan ocasionado por su mal comportamiento en las mismas. No se permitirá entrar en las instalaciones deportivas con armas, materiales pirotécnicos o inflamables, banderas o símbolos anticonstitucionales.

3.1 PISTAS EXTERIORES DE TENIS Y FRONTON

-Es obligatorio el acceso a las instalaciones con calzado y ropa deportiva adecuada, No esta permitido la estancia en las pistas sin camiseta.

-No se permite fumar, comer e introducir objetos de vidrio dentro de las pistas, así como utilizar las pistas para la realización de otra actividad distinta a la suya.

-No se permite la utilización de las instalaciones para fines lucrativos.

-Se cederá gratuitamente la utilización de las pistas, principalmente en los fines de semana, para partidos de las ligas locales, si las hubiese, de tenis y frontenis previa solicitud en las dependencias pertinentes, adjuntando proyecto y número de jugadores.

-Las ligas locales deben de comunicar el horario de reserva de las pistas el mismo día de la reunión de las citadas ligas y siempre dentro de la disponibilidad de las instalaciones.

-Cualquier aplazamiento o cambio de horario deberá comunicarse con al menos 24 horas de antelación.

3.2 PABELLON CUBIERTO

-Es obligatorio el acceso a las instalaciones con calzado y ropa deportiva adecuada, No esta permitido la estancia en las pistas sin camiseta.

-Queda totalmente prohibido el acceso a la pista a las personas que vayan a presenciar las diversas actividades deportivas. El lugar adecuado para ello son las gradas.

-Queda totalmente prohibido el acceso a la pista con el calzado que se trae de la calle.

-Queda totalmente prohibido cambiarse en la pista, los vestuarios es el sitio adecuado.

-No se permite fumar, comer e introducir objetos de vidrio dentro de las pistas, así como utilizar las pistas para la realización de otra actividad distinta a la suya.

-No se permite la utilización de las instalaciones para fines lucrativos.

-Se cederá gratuitamente la utilización de las pistas, principalmente en los fines de semana, para partidos de las ligas locales, si las hubiese, previa solicitud en las dependencias pertinentes, adjuntando proyecto y número de jugadores.

-Las ligas locales deben de comunicar el horario de reserva de las pistas el mismo día de la reunión de las citadas ligas y siempre dentro de la disponibilidad de las instalaciones.

-Cualquier aplazamiento o cambio de horario deberá comunicarse con al menos 24 horas de antelación.

-Los pasillos y la entrada no son espacios deportivos por lo que esta terminantemente prohibido utilizarlos como zonas de entrenamiento o calentamiento.

3.3 PISCINA

-Esta totalmente prohibido el acceso a la piscina de cualquier persona que se encuentre bajo los efectos del alcohol y/o cualquier otro tipo de sustancia estimulante.

-Es obligatorio ducharse antes y después de utilizar la piscina.

-No se permite la entrada de animales, comer e introducir objetos de vidrio en el recinto.

-Queda totalmente prohibido realizar carreras, juegos con balón o que impliquen peligro, así como saltos acrobáticos que puedan poner en riesgo la integridad física del sujeto y de los demás usuarios.

-Los comportamientos vandálicos y/o el incumplimiento de la normativa dará a lugar a la correspondiente sanción, que podrá ser individual o del colectivo responsable.

-Debe obedecerse en todo momento las indicaciones del Socorrista.

4. REGIMEN DISCIPLINARIO

Todas aquellas personas que utilicen las instalaciones deportivas podrán ser sancionadas por la CONCEJALIA DE JUVENTUD Y DEPORTES, de acuerdo con la siguiente graduación de faltas y sanciones.

4.1 FALTAS

Faltas leves

-Todas aquellas de cuya acción u omisión no interrumpa ni interfiera en el funcionamiento de las instalaciones, siendo de rápida solución.

-Hacer caso omiso de la normativa existente públicamente expuesta en carteles informativos en las instalaciones.

-Las molestias ocasionadas a otros/as usuarios con motivo de actuaciones incorrectas, violentas, etc. Faltas Graves

-Todas aquellas que impidan el funcionamiento de las instalaciones, siempre que puedan ser reparadas en el mismo día y no afecten a terceros.

-Utilizar las instalaciones sin la correspondiente reserva, alquiler, inscripción, cesión o autorización de la misma.

-Utilizar los servicios del carne "Un año de deporte" sin estar al corriente de pago correspondiente.

-Ocasionar desperfectos en las instalaciones y en su material. Faltas muy Graves

-Todas aquellas que impidan el funcionamiento de las instalaciones y que no puedan ser reparadas en el mismo día y que afecten a terceros.

-Las agresiones, tanto físicas como verbales al personal de las instalaciones deportivas municipales o a cualquier otro usuario.

-Las sustracciones de objetos y fraudes dentro de las instalaciones deportivas, así como las actitudes obscenas o acciones que pongan en peligro la integridad de otros usuarios.

4.2 SANCIONES

-Faltas leves: Apercibimiento por escrito o la pérdida de condición de usuario por periodos de 1 a 5 días.

-Faltas Graves: Apercibimiento por escrito y la pérdida de condición de usuario por periodos de 5 a 30 días.

-Faltas muy Graves: Perdida de condición de usuario por un periodo entre 30 y 1 año.

4.3 PROCEDIMIENTO

-El Concejal de Juventud y Deportes será la persona encargada de instruir el procedimiento. Las propuestas se comunicaran por escrito a los interesados dándoles diez días hábiles para que puedan efectuar las alegaciones que estimen oportuno.

-Una vez concluido al plazo el Concejal comunicara a la Junta de Gobierno, como Órgano competente, para resolver lo que proceda. Una vez resuelto se notificara al afectado la decisión adoptada acorde a las faltas sancionadas.

-No obstante, en el caso de que el usuario actue de forma notoriamente contraria al presente reglamento, el responsable de la instalación esta autorizado para exigirle el abandono de la misma o requerir la presencia de las fuerzas de seguridad si la gravedad del caso así lo exigiese, sin perjuicio de las posteriores acciones aplicables al caso.

4.4 DISPOSICION FINAL

-Serán de obligado cumplimiento todas las normas de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha sobre uso y conservación de las instalaciones deportivas de los municipios, así como las que dicte en el futuro.

-El presente reglamento entrara en vigor una vez cumplidos los tramites legales de aprobación y publicación, y el mismo estará expuesto en todas las instalaciones deportivas para general conocimiento.

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